Muchas cosas se quedarán en el tintero y conviene que así sea, estas no son más que pinceladas que quedarán olvidadas bajo capas y capas en el lienzo final. A los efectos del abordamiento democrático, un Centro Espírita no puede entenderse de otro modo que como un grupo de personas de sensibilidad espírita que se unen con al menos los siguientes objetivos: estudio, práctica y divulgación de la Doctrina Espírita. Las relaciones entre ellos han de estar mediadas por la más alta expresión posible de las leyes morales divinas.
Así como morir no otorga la superioridad moral a ningún espíritu que antes no la tuviere, bautizarse espiritista tampoco borra de un plumazo las imperfecciones de quien las ostenta. Por ello en el seno de un centro habrá necesariamente divergencia de opiniones acerca de todo lo opinable, incluso de lo no opinable. El primer paso para el reconocimiento de la exigencia democrática es la aceptación de nuestras imperfecciones. No pudiendo estar de acuerdo siempre y siendo lo contrario sospechoso, debemos aceptar sin dilación la máxima salomónica que la sabiduría se halla en la multitud de consejeros. El gobierno de una asociación espírita ha de estar en manos de sus socios, su voluntad no puede emanar más que del acuerdo de la asamblea de sus integrantes. No olvido la multitud de personas que orbitan un centro espírita y que de cierto modo debieran ser oídos, puesto que los rumbos adoptado les afectarán inevitablemente, sin embargo tenemos que ser cautos y solo integrar de pleno derecho y deber en nuestra asamblea a quienes demuestren y manifiesten compromiso e interés no fugaz en nuestra asociación.
Los socios no pueden estar reuniéndose todo el tiempo para tomar decisiones que en ocasiones exigen inmediatez, por ello, nombran una Junta Directiva formada por un número limitado de integrantes que tienen ciertas atribuciones otorgadas por la asamblea y cierto margen de acción. Dicha junta no debiera trascender la voluntad de la asamblea de la que emanan sus potestades ni pretender ser quien dirige los rumbos de la asociación, en tal caso estarían convirtiendo al resto de socios en meros espectadores, incluso cuando su actividad deba ser refrendada por los socios reunidos, no deja de ser un mero formalismo, como se dice: a toro pasado.
Funcionamiento democrático es el equivalente a decir: oportunidad de participación efectiva en la toma de decisiones al respecto de los fines y de los medios empleados en la consecución de estos. Debemos destacar que conlleva un compromiso de colaboración sustancial. Dicha oportunidad de participación le garantiza el funcionamiento asambleario. La colaboración sustancial se materializa en la aportación económica y/o personal para el sostenimiento de la asociación y su actividad, de acuerdo con las capacidades y posibilidades de cada persona. No hay funcionamiento asambleario si no se ha convocado formalmente a todos los miembros de la asamblea con tiempo suficiente, acompañando la convocatoria del orden del día con las cuestiones a tratar, siendo necesario incluir las informaciones necesarias para que los socios asistan con conocimiento de causa, siempre que esto sea posible. Además, es preciso establecer un orden en el turno de palabra y que las intervenciones se refieran al tema.
No debemos olvidar el progreso conceptual acerca del funcionamiento democrático, ya no debe entenderse como el gobierno de las mayorías, olvidando las minorías, ahora es imperativo el consenso. Hay diversas formas de conseguir un mismo objetivo dentro de una asociación espírita, las diferentes visiones y saberes hacer han de encontrar su espacio. La colectividad está formada por individualidades que han de poderse expresar libremente. El desprecio constante y el sometimiento son aceleradores de la división y la rebeldía.